ESTADO DE LA MEDIACIÓN PENAL EN ESPAÑA
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Resumen
En España la justicia penal es retributiva, poniéndose el acento sobre el crimen y su castigo. No obstante, han avanzado corrientes que tienden a introducir una justicia restaurativa a través del procedimiento de mediación. Durante años, la mediación únicamente se reconocía en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal del Menor, contemplándola con finalidad educativa y resocializadora. Será posteriormente, para el ámbito de adultos a través de la experiencia piloto impulsada por el Consejo General del Poder Judicial desde el año 2005. Hoy, es una realidad que ha venido para quedarse.
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Citas
Alemania y España, Barcelona, PPU, 1991.
BERNAL SAMPER, Trinidad, La mediación. Una solución a los conflictos de
ruptura de pareja, Madrid, Tirant Lo Blanch, 2002.
DE DIEGO DÍEZ, Luis Alfredo, Justicia criminal consensuada. Algunos modelos
del derecho comparado en los EEUU, Italia y Portugal, Valencia, Tirant lo
Blanch, 1999.
DÍAZ CABIALE, José, Principios de aportación de parte y acusatorio: la imparcialidad
del Juez, Granada, Comares, 1996.
GARCÍA PABLOS DE MOLINA, Antonio, Criminología, una introducción a sus
fundamentos teóricos, 4ª ed., Valencia, Tirant lo Blanch, 2001.
GARCIANDÍA GONZÁLEZ, Pedro Manuel, “Mediación Penal: cuestiones a
considerar en su regulación en España”, en Simposio sobre Tribunales y mediación.
Nuevos caminos para la justicia. Comunicaciones, 18-19 de junio de 2009.
SERRA DOMÍNGUEZ, Manuel, “El juicio oral”, en Estudios de Derecho Procesal,
Barcelona, 1969.
SPATARO, Armando, Sistemas de proceso penal en europa, Italia, Colex, 1999.
VON BELING, Ernst., Derecho Procesal Penal (trad. y notas de Fenech), Barcelona,
Labor, 1943.
Hemerografía
ARMENTA DEU, Teresa, “La reforma del proceso penal: Principios irrenunciables
y opciones de política criminal”, en Revista del Poder Judicial, núm. 58, 2000.
CGPJ. Fiscalía General del Estado. Cursos de Formación continua 2006. 6, 7 y 8
de noviembre 2006.
CONDE PUMPIDO FERREIRO, Cándido, “El principio de legalidad y el uso de la oportunidad
reglada en el proceso penal”, Revista del Poder Judicial, núm. Especial VI:
Protección jurisdiccional de los derechos fundamentales y libertades públicas, vol. 6.
GÓMEZ COLOMER, J.L., “Notas sobre la justicia procesal (alternativa, negociada,
restaurativa o reparadora)”, en Justicia restaurativa y violencia de género.
Más allá de la LO 1/2004, Dir. Castillejo Manzanares, Santiago de Compostela 2014.
INFORME DE LA COMISIÓN, de 20 de abril de 2009, de conformidad con el artículo
18 de la Decisión marco del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la
víctima en el proceso penal (COM (2008) 166 final).
LÓPEZ-PUIGGERVER, Viada, “Correlación entre la acusación y la sentencia”, RDP, núm. 2, 1959.
“NON-PROSECUTIÓN IN EUROPE (proceeding of the European Seminar)”, en
Publicaciones del Helsinki Institute for Crimen Prevention, núm. 9, 1986.
VIEGAS MATINS, Orlando, et al, “El sistema judicial portugués: ralitas y critiques”,
en Informe Pi y Sunyer sobre la justicia a Catalunya, 1998.
RUIZ VADILLO, Enrique, “La actuación del Ministerio Fiscal en el proceso penal”, en
Jornadas sobre la Justicia penal en España, Madrid, 24-27 de marzo de 1987, 3ª ponencia,
Revista del Poder Judicial, número especial II.